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Consecuencias posibles de la aplicación de las normas internacionales de la Comisión de Código Alimenticio en la producción sostenible de bananos

Rainer Engels, Germanwatch

Comisión del Código Alimenticio (CCA).

La CCA es una comisión de la ONU dentro de la Organización para Agricultura y la Alimentación (FAO) y la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Se fundó en los años 60 con objeto de establecer normas internacionales para los alimentos y poder así facilitar el comercio internacional teniendo en cuenta aspectos sanitarios. En esta comisión los gobiernos participantes se reúnen cada dos años.

Las normas de este código son voluntarias y se ofrecen a todos los países para que las utilicen en el sentido que acabamos de mencionar. Existen muchos subcomités especializados en un campo concreto que llevan a cabo propuestas específicas (por ejemplo, el Comité de Frutas y Verduras, el Comité de Residuos de Pesticidas, el Comité de Embalado y Etiquetado o el Comité para los Principios Generales).

Las normas propuestas han de pasar por un proceso de diez pasos y recibir los comentarios de los gobiernos nacionales además de los resultados de las negociaciones a nivel internacional. El paso más importante es el octavo, imprescindible para ser adoptadas más tarde. Los pasos noveno y décimo sólo se refieren al uso de normas para la legislación nacional, y son opcionales.

La CCA ha pasado a ser un organismo más influyente en los últimos tres años, desde que la OMC la definió (sin consultar a nadie) como el organismo internacional más apropiado para el establecimiento científico de normas. Por lo tanto, en caso de conflictos comerciales, las normas del Código tienen ahora carácter legal vinculante, lo que el propio Código nunca había pretendido. Además, la CCA no tiene un procedimiento de toma de decisiones adecuado en caso de falta de acuerdo.

Existen algunas normas del Código que son importantes respecto a la producción sostenible (y también no sostenible) de bananos, y que veremos más tarde.

Importancia

Desde 1995, gracias a la OMC, los conflictos comerciales entre países pueden resolverse mediante un sólido mecanismo preestablecido. Esto puede afectar en gran medida la producción bananera por lo siguiente: la OMC establece unas líneas exactas a seguir en cuanto a medidas técnicas, sanitarias y fitosanitarias y normas que afectan al mercado internacional. Sin adentrarnos en los detalles, observamos cómo el conflicto sobre las hormonas entre USA y la UE muestra la dificultad, incluso para la UE, a la hora de establecer normas mas exigentes que las internacionales (establecidas por la Comisión del Código Alimentario).

Si un país en vías de desarrollo establece normas respecto a la sostenibilidad, como el no uso de ciertos pesticidas (“dirty dozen”) en la producción de bananos, tendrá que presentar datos científicos que justifiquen el que esas normas sean más exigentes que las que requiere la Comisión del Código Alimentario por motivos sanitarios. Es algo bastante difícil, incluso para los países con un alto nivel de desarrollo.

Otro ejemplo es el del etiquetado de bananos procedentes de una producción sostenible. Esto tiene que ver con la producción y no con el propio producto y tiene graves consecuencias de acuerdo con el cumplimiento de las normas de la OMC. Esto se debe a que si se dan ventajas en cuanto a la competencia en relación a este tipo de etiquetado, los países importadores que no tengan unas normas de sostenibilidad similares podrían activar el mecanismo de la OMC preestablecido para los conflictos comerciales y que tendría unos resultados imprevisibles.

Dado que las normas para los alimentos son propuestas por la Comisión del Código Alimentario, tal vez sería interesante ver con mayor detenimiento las normas del Código sobre los bananos para estudiar si la producción sostenible podría verse amenazada por estas.

Norma del Código para los bananos (Alinorm 97/35, Apéndice III)

Esta norma ha sido aprobada el la última sesión de la CCA en junio de 1997 y regula temas relacionados con la calidad, el tamaño, las tolerancias, la presentación, el etiquetado o marcado, productos contaminantes e higiene.

De modo resumido: Calidad es la ausencia de daños perceptibles a simple vista, de insectos o de deformaciones además de un estado de desarrollo fisiológico que permita alcanzar la madurez del producto. Los bananos se clasifican en tres clases: clase extra, clase I (los defectos superficiales no superan los 2 cm cuadrados) y clase II (los defectos superficiales no superan los 4 cm cuadrados).

Longitud mínima: 14 cm.

Diámetro mínimo: 2.7 cm.

Las tolerancias de calidad han de reunir tan sólo del 5 al 10 por ciento de los requisitos de la siguiente clase más baja.

La tolerancia para el tamaño es del 10%.

La presentación del producto ha de ser uniforme y el embalado debe protegerlo debidamente.

El etiquetado se limita a una lista muy reducida: identificación, naturaleza del producto, origen e identificación comercial (por ejemplo, la clase).

En cuanto a los contaminantes, sólo hay una disposición que dice que los bananos no deben contener metales pesados en cantidades que puedan representar un peligro para la salud y que los bananos deben cumplir la norma de límite máximo de residuos establecidos por el Código.

A cerca de la higiene, hay una referencia al Código de Práctica Internacional Recomendado -Principios Generales de Higiene en los Alimentos- y se dispone que los bananos deberán estar libres de microorganismos, parásitos o sustancias peligrosas para la salud.

Conclusión: el Código de Normas para los Bananos podría ser problemático para la producción sostenible, ya que establece tolerancias dentro de márgenes muy estrechas en cuanto a la apariencia y la calidad técnica que resultan difíciles de alcanzar.

Límites máximos de residuos (LMR’s)

Hay una larga lista de pesticidas con LMR’s para los bananos. Estos son importantes para la producción sostenible porque resulta muy difícil, sobre todo para los países en vías de desarrollo, establecer un límite cero con una base científica.

Tan sólo hay un Código de LMR’s para los metales pesados que sea significativo para los bananos: el contenido de plomo debe ser inferior a 0.1 mg/Kg.

Código de práctica internacional recomendado para el embalado y transporte de fruta tropical y verdura (CAC/RCP 44-1995) Vol. 5B, Sup. 1

Se refiere más bien al transporte y no a la producción. Resultan significativas para la producción sostenible las disposiciones sobre embalado y prerefrigerado:
El embalado debe soportar las operaciones de carga y descarga, el peso de otros contenedores apilados encima, los impactos y vibraciones del transporte y altos niveles de humedad. Hay una amplia lista de materiales que pueden ser utilizados a este efecto, así como métodos de embalado, tipos de recipientes y métodos de prerefrigerado.

Norma general del Código para el etiquetado de alimentos preembalados (norma mundial) (1-1985 (Rev. 1-1991)) Vol. 1, Sección 4

En este punto aparece un término importante: “reclamo”, es decir “cualquier indicación que afirme, sugiera o implique que un determinado producto tenga determinadas cualidades de origen, propiedades nutritivas, naturaleza, procesado, composición o cualquier otra cualidad”. Este no deberá ser falso o inducir a confusión.

Esta definición no excluye un etiquetado de “producción sostenible”, si está bien definido, como por ejemplo en la regulación europea sobre agricultura ecológica.

Código de práctica internacional recomendado -Principios generales de higiene en los alimentos.

Este código no tiene una significación práctica para el desarrollo sostenible del sector bananero. Los puntos principales que parten del CCA y que podrían afectar de manera negativa la producción sostenible de bananos son los referidos a los límites máximos de residuos para pesticidas y la clasificación de calidad.

Una posible estrategia sería ejercer presión para la creación de un Código de normas para la producción sostenible. Esto tal vez no sea una estrategia muy realista pero un debate abierto sobre esas normas haría que los gobiernos que se oponen ganen un conflicto comercial en el seno de la OMC.

 

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Erstellt: 1. 10. 1999 | Letzte Änderung: 3. 6. 2000 | © BANAFAIR | Kontakt: Webmaster